UNIDAD DE COMUNICACIÓN SOCIAL
BOLETÍN DE PRENSA
La Paz, B.C.S. a 16 de Febrero
del 2012.
Con
la finalidad de adoptar acuerdos y afinar detalles para la implementación de la
ALERTA AMBER, de manera previa a la publicación formal del Protocolo,
funcionarios de diversas dependencias de Procuración de Justicia y Seguridad
Pública en la entidad analizan el Protocolo Estatal para sumarse al
Programa Internacional Alerta Amber.
Programa Internacional Alerta Amber.
Así lo dio a conocer el Procurador de Justicia del Estado Gamill Arreola, quien aseguró que los días 7 y 15 de febrero del presente se realizaron dichas reuniones cuyo objetivo es establecer el procedimiento y las bases de colaboración interinstitucional, con vinculación de la sociedad civil y la participación activa de los medios de comunicación para la recuperación de menores en peligro de sufrir daño grave con motivo de haber sido sustraídos ó encontrarse desaparecidos bajo circunstancias que hagan presumir ese peligro, o se encuentren privados de su libertad en lugar desconocido.
Aclaró que los lineamientos que el Protocolo establece, son independientes del trámite de averiguación previa que por los mismos hechos se inicie en las agencias del ministerio público.
El Abogado del Estado refirió que en el seno de la XXV Asamblea Plenaria de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia- CNPJ- celebrada los días 9 y 10 de junio de 2011 se adoptó el Acuerdo CNPJ/XXV/06/2011, y que en su calidad de Procurador General de Justicia e integrante de la CNPJ determinó sumarse al Programa Internacional Alerta Amber, el cual dispone de los mecanismos y protocolos para la búsqueda de personas menores de edad reportadas como desaparecidas, con la finalidad de participar en su instrumentación en cada entidad federativa.
En dicha
Asamblea se aprobó también en la participación de las Procuradurías del País en
el proceso de capacitación para operar este programa, que organiza el Departamento de Justicia de los Estados
Unidos de América.
Dicho
departamento ha brindado dos cursos los
meses de Julio y Noviembre del 2011 dirigidos a los directores del los
Institutos Interdiciplinarios de Ciencias Penales y a coordinadores operativos
de la ALERTA, a la que asistieron la Subprocuradora de Atención a la Mujer y el
Menor, personal de la Secretaría de Seguridad Pública, representada por C4, la
Delegación de la PGR en el Estado y representantes de la Policía Federal en el
Estado.
Actualmente
el Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América diseña talleres de casos prácticos para operadores;
certificación de instructores, así como capacitación especial para
organizaciones no gubernamentales y medios de comunicación, que jugarán un rol
importante en las tareas de difusión y búsqueda de menores desaparecidos.
Una vez impartidos los mencionados talleres y
emitidos los protocolos complementarios de la ALERTA, entre ellos los de activación
y operaciones de búsqueda, de investigación y manuales de procedimientos, así
como los formatos de difusión de la información en medios electrónicos e
impresos, se estará en condiciones de implementar el Programa, evitando
recurrir a la improvisación.
EL
Procurador de Justicia en la entidad destacó que no toda desaparición de un
menor, motivará la activación de la ALERTA, pues para ello existen criterios y
supuestos internacionalmente aceptados que se clasifican en objetivos y subjetivos.
De los Objetivos apuntó que:
1.- La
víctima debe ser menor de 18 años de edad.
2.-
Deben existir datos que hagan razonable concluir que la víctima se encuentra
ante un peligro real y objetivo de muerte o de sufrir graves daños con motivo
de su desaparición, sustracción o cualquier circunstancia análoga.
3.- Que
exista información suficiente sobre la víctima, así como datos sobre las
circunstancias del hecho.
4.- No
obstante, la concurrencia de los criterios antes mencionados, en el supuesto de
que la desaparición devenga de un secuestro, no se activará la Alerta y se estará
a los procedimientos y protocolos establecidos en los acuerdos regionales y
nacionales suscritos con las instancias especializadas en materia de Secuestro.
Sobre
los Subjetivos destacó:
1.- La
activación de la ALERTA debe ser inmediata, una vez recabados los datos
necesarios para determinar su activación.
2.- La
activación de la ALERTA será independiente del procedimiento de averiguación
previa.
3.- La
prioridad es el rescate o recuperación de la víctima.
4.- Las
tareas de búsqueda se enfocarán a los lugares donde razonablemente sea más
probable localizar a la víctima, sin descartar arbitrariamente otras
posibilidades o lugares de búsqueda.
5.- La búsqueda se realizará sin anteponer
prejuicios, valoraciones personales o criterios discriminatorios que puedan
impedir u obstaculizar la tarea.
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