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jueves, 8 de septiembre de 2011

CONFIRMA PROCURADOR DE JUSTICIA EJECUCIÓN DE ORDEN DE APREHENSIÓN EN CONTRA DE CÉSAR UZCANGA AMADOR


PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO
UNIDAD DE COMUNICACIÓN SOCIAL

La Paz, Baja California Sur Septiembre 07 del 2011

El Procurador de Justicia del Estado, licenciado Gamill Arreola, confirmó que a medio día de este 07 de septiembre fue detenido el ciudadano César Uzcanga Amador por ser probable responsable del delito de Fraude Específico, previsto en el artículo 312 Fracción III del Código Penal vigente en el Estado y que considera como grave este delito.

El Abogado del Estado sostuvo que con base en la Averiguación Previa lap/077/pat/2011 radicada el 15 de junio del 2011 por denuncia interpuesta por Ángel Salvador Ceseña Burgoin, SIilvia Elena Olachea Ojeda y Gil Guadalupe de la Peña se iniciaron dichas investigaciones por fraude específico..

Sobre los hechos, indicó que los ciudadanos Cipriano González Reyes Reyes, José Luís González Reyes, Julio Manuel Espíritu Bruno, Raúl Bruno Esteban, manifestaron haber comprado, cada uno, un lote de terreno en los predios denominados La Ballena, mismos que fueron vendidos por César Uzcanga Amador, y al querer contratar los servicios públicos, como agua y energía eléctrica, se percataron que no podían hacerlo ya que los terrenos son irregulares, producto de una invasión, pues pertenecen al Ejido San José del Cabo.

En el caso concreto resultan ser parte ofendida en el delito perseguido, tanto el Ejido San José del Cabo, implícitamente todos y cada uno de sus ejidatarios por tratarse de tierras de uso común las que fueron enajenadas de manera ilícita, como también aquellas personas que fueron adquirentes de dichas tierras, a través de una venta fraudulenta, situación que se advierte de los dispuesto en el artículo 284 Segundo Párrafo del Código de Procedimientos Penales, que señala que tratándose de delitos patrimoniales resultan ser ofendidos los copropietarios, el propietario, el arrendatario, usufructuario y acreedores reales, del bien afectado.

La Averiguación Previa se encuentra integrada con las testimoniales, documentales, comparecencias, inspección ministerial y periciales que acreditan la probable responsabilidad del indiciado y el hecho delictivo cometido.

Así mismo, el Procurador de Justicia del Estado afirmó que se ejercitó Acción Penal en fecha 31 de agosto de 2011, ante el Juzgado de Primera Instancia del Ramo Penal con residencia en Cabo San Lucas, B. C. S. según proceso 202/2011 siendo este 07 de septiembre cuando se libró y se ejecutó la correspondiente orden de aprehensión en contra de Cesar Uzcanga Amador que quedó interno en el Centro de Reinserción Social de los Cabos a disposición del Juez de la Causa que lo reclama.




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