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miércoles, 19 de septiembre de 2012

RECHAZA PGJEBCS QUE EN CASA DE ARRAIGO SE VIOLEN DERECHOS HUMANOS


UNIDAD DE COMUNICACIÓN SOCIAL
      BOLETÍN DE PRENSA                     

                                                                 La Paz B. C. S. Septiembre 19 del 2012

La Procuraduría General de Justicia del Estado rechaza tajantemente que se trabaje fuera del marco legal al aplicar la  figura del arraigo judicial y que el sitio destinado para ello tenga condiciones insalubres,  infrahumanas y sea una cárcel  privada que funcione a capricho de la autoridad afirmó el licenciado Gamill Arreola Leal.

El titular de la dependencia reiteró que la medida de arraigo es  limitativa de la Libertad que solo puede decretar la autoridad judicial a solicitud del Agente del Ministerio Público en los casos de delitos graves en que la Averiguación Previa no esté concluida y haya temor fundado de que el inculpado pueda evadir la acción de las justicia, antes de que se ejercite Acción Penal.

El Abogado del Estado afirmó que él mismo ha corroborado las condiciones en que se encuentran las personas sujetas a investigación en el Centro de Ejecución y Medidas Cautelares en donde reciben en forma adecuada alimentos 3 veces al día, atención médica cuando es necesario, así como la visita legalmente autorizada.

Afirmó que cuentan con los servicios sanitarios requeridos para cubrir sus necesidades fisiológicas y su higiene personal,  y que el lugar está en condiciones salubres;  inclusive,  la edificación  cuenta con una cancha de básquet bol.

La introducción de libros es permitida y lo puede corroborar el padre del joven Daniel Sánchez Dávila, quien recientemente en reunió celebrada en el despacho del Procurador afirmó que la lectura es la única distracción para su hijo.

Agregó que la actual administración ha efectuado algunos arreglos tanto para la seguridad de sus ocupantes,  como para prevenir posibles evasiones. Por lo que el edificio en el que permanecen temporalmente personas sujetas a investigación por ser probables responsables de la comisión de un delito o relacionado con él, por seguridad debe estar debidamente iluminada y resguardada.

Aseveró que los visitadores de la Comisión Estatal de Derechos Humanos han supervisado las instalaciones del Centro de Ejecución y Medidas Cautelares cuantas veces lo han requerido.

Respecto a la cancelación de dicho Centro, el Procurador General de Justicia del Estado sostuvo que correspondería  al Poder Legislativo hacer las adecuaciones al Código de Procedimientos Penales vigente en la entidad el cual faculta al representante social a aplicar dicha medida cautelar.

Finalmente refirió que la medida dejará de tener vigencia si, vencido el plazo, el Ministerio Público no ha ejercido todavía la Acción Penal; si consignado el asunto se le niega por cualquier causa la Orden de Aprehensión o si concluye la Averiguación con una resolución de No Ejercicio de la Acción Penal.

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